Corte Suprema ratifica multa millonaria a empresa Eextractora ilegal de áridos: urgen acciones de Tesorería para cobranza

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En abril de 2024, la Corte Suprema declaró inadmisibles los recursos presentados por la “Sociedad Productora de Áridos, Servicios y Transporte Limitada” (SOPRAMAT) contra la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental, que rechazó su reclamación en contra de la Resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Esta resolución impuso a la empresa una multa de 673,1 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a aproximadamente 530 millones de pesos.

La multa representa la culminación de un prolongado proceso sancionatorio iniciado por la SMA, en respuesta a numerosas denuncias de la Comunidad de Aguas Canal El Carmen, particulares, y la Dirección General de Aguas. El proyecto “Extracción Mecanizada de Áridos desde el Cauce del Río Diguillín, Sector Los Tilos ÁRIDOS SOPRAMAT” ha enfrentado repetidas sanciones por extracciones no autorizadas, incluyendo la paralización de actividades y multas significativas, que la empresa aún no ha pagado.

Celebramos la decisión clara y contundente de la Corte Suprema, que confirma que SOPRAMAT operaba fuera de los permisos ambientales y la normativa de aguas, causando un grave daño al medio ambiente, los cauces, la agricultura y la comunidad local.

Sin embargo, el éxito del fallo está en riesgo de quedar en “letra muerta” si no se hace efectivo el cobro de la multa por parte de la Tesorería General de la República (TGR). Las multas impuestas por la Dirección General de Aguas, debido a su cuantía y naturaleza, deben ser cobradas por la Sección de Control de Cobranza de la TGR en Santiago. Pese a los embargos de bienes en causas judiciales de acceso público, no se ha constatado progreso en estos procesos.

Si el cobro no se realiza en un plazo de tres años, la multa prescribirá, liberando al infractor y haciendo inútil la sanción. Esta preocupante pasividad de la TGR no solo causa un perjuicio económico al Fisco, sino que también genera una sensación de impunidad y desinterés por cumplir con las resoluciones de las autoridades administrativas y judiciales, erosionando el efecto disuasivo de las multas impuestas.

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