En un nuevo episodio de la lucha por incorporar el concepto de mutualización en la ley corta de isapres que se está tramitando en el Congreso, el Tribunal Constitucional (TC) ha tomado una decisión relevante. Hasta ahora, el gobierno se había negado a incluir este mecanismo en el proyecto, argumentando que no cumpliría con el fallo de la Corte Suprema sobre la tabla de factores. Sin embargo, los senadores de Chile Vamos presentaron una indicación en enero para añadir la mutualización, basándose en la creencia de que el fallo sí lo permitía, respaldados por recomendaciones técnicas.
En ese contexto, los senadores de oposición aprobaron en Sala la mencionada indicación, que reducía el cálculo de la deuda de las isapres con sus afiliados a US$451 millones, menos de la mitad de la propuesta gubernamental. El proyecto fue despachado a la Cámara de Diputados con la mutualización incluida.
Sin embargo, a principios de febrero, los senadores oficialistas presentaron un requerimiento ante el TC para declarar inconstitucional esa indicación. Argumentaron que su ingreso debería ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, ya que se trata de una materia de seguridad social. Además, afirmaron que la norma se aprobó por un quórum menor al exigido por la Constitución, al haberse aprobado por mayoría simple.
Finalmente, este jueves, el TC resolvió acoger el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por los senadores oficialistas. Como resultado, la votación y aprobación de la indicación que en enero incorporó la mutualización en la ley corta de isapres quedó sin efecto. Ahora, la eventual incorporación de este concepto queda en manos del gobierno.