El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha comunicado su inquietud ante el retraso en la designación del próximo Defensor o Defensora de la Niñez en Chile, situación que impacta negativamente en el óptimo desempeño de esta institución y afecta a los niños, niñas y adolescentes que residen en el país.
Designación Pendiente a Pesar del Marco Legal
De acuerdo con la Ley N°21.067, que establece la Defensoría de los Derechos de la Niñez, el Defensor o Defensora de la Niñez puede ejercer su cargo por un período de hasta cinco años, sin opción a ser reelegido. No obstante, la elección del nuevo titular de la Defensoría sigue pendiente en el Senado de la República, dado que la semana pasada no se aprobó la propuesta de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. Según informa esta ley, el Senado deberá presentar una nueva recomendación, la cual deberá considerar no solo la opinión del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) sino también escuchar a los candidatos, a académicos con destacada trayectoria y a organizaciones de la sociedad civil comprometidas con la promoción y defensa de los derechos de los niños.
Una vez que el Senado designe a la autoridad de la Defensoría de la Niñez, su nombramiento será formalizado a través de un decreto supremo emitido por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Requisitos para el Defensor o Defensora de la Niñez
De acuerdo con el artículo 11 de la mencionada Ley, los requisitos para ocupar el cargo de Defensor o Defensora de la Niñez incluyen:
a) Ser ciudadano con derecho a voto. b) No estar sujeto a ninguna de las inhabilidades para ingresar a la Administración del Estado. c) No estar inhabilitado para trabajar con niños ni figurar en el registro de inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad, conforme a la Ley N°20.594, que establece Inhabilidades para Condenados por Delitos Sexuales contra Menores y Establece un Registro de dichas Inhabilidades. d) No haber sido condenado por delitos que infrinjan la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación, o por los delitos contemplados en la Ley N°20.066, sobre Violencia Intrafamiliar. e) Contar con un título profesional y al menos cinco años de experiencia en el ámbito profesional. f) Poseer una destacada trayectoria de al menos diez años en el ámbito de los derechos humanos o en la defensa de los derechos de los niños.
Impacto en la Defensa de los Derechos de la Niñez
UNICEF ha expresado que la falta de un líder máximo en este organismo representa un retroceso y debilita la institucionalidad creada en Chile para proteger los derechos de la infancia. Esto es especialmente preocupante, considerando los desafíos que enfrenta el país en materia de niñez y adolescencia, como la pobreza, el rezago en la educación, la violencia y, sobre todo, la efectiva protección de los derechos de los niños, que a menudo son vulnerados.
Cabe destacar que, siguiendo la recomendación del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la Defensoría de la Niñez comenzó a funcionar en junio de 2018, alineándose con la tendencia internacional de establecer instituciones autónomas encargadas de proteger los derechos de la infancia.
Chile a la Vanguardia en la Defensa de los Derechos de la Niñez
Es importante resaltar que Chile es el segundo país en América Latina, después de Argentina, en contar con una institución de esta índole. A nivel global, Australia, Noruega, Nueva Zelanda, Reino Unido y Suecia fueron los primeros en incorporar un Defensor de los Derechos de la Niñez.
La demora en la designación del nuevo Defensor o Defensora de la Niñez es motivo de preocupación tanto a nivel nacional como internacional, ya que compromete la protección y promoción de los derechos fundamentales de los niños y niñas en Chile. La pronta resolución de este proceso es esencial para garantizar un entorno seguro y propicio para el desarrollo de la infancia en el país.