Aprobado en el Senado el proyecto que establece el registro de deuda consolidada

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El Senado da luz verde al proyecto de ley que instituye el Registro de Deuda Consolidada, con el objetivo de fomentar una actualización efectiva de la información crediticia y combatir el problema del sobreendeudamiento.

Un Paso Significativo en la Lucha Contra el Sobreendeudamiento

En una votación que contó con un sólido respaldo de 35 votos a favor y solo 2 en contra, el Senado ha aprobado el proyecto de ley que da vida al Registro de Deuda Consolidada. Este proyecto está avanzando con éxito en su segundo trámite constitucional y representa un paso importante en la búsqueda de una mayor inclusión financiera, la reducción del sobreendeudamiento y la corrección de la brecha en la información crediticia en Chile.

Transparencia y Acceso Gratuito

El Registro de Deuda Consolidada será un recurso público y gratuito que albergará información relacionada con las deudas impagas y los datos de créditos pagados de manera puntual. Este registro se nutrirá de información proporcionada por los proveedores de crédito, quienes tendrán la obligación de informar y, al mismo tiempo, podrán acceder al registro bajo estrictas reglas que garantizan la exactitud y seguridad de la información. Además, se establece la eliminación de la información una vez que se haya utilizado para su propósito correspondiente.

Mejor Competencia y Condiciones de Financiamiento

El propósito principal de este registro es mejorar la competencia y el acceso a mejores condiciones de financiamiento, con la finalidad de reducir el sobreendeudamiento de individuos y familias. Esta mejora en la información y fiscalización financiera también permitirá el diseño oportuno de políticas públicas. El Ministro de Hacienda, Mario Marcel, ha destacado la importancia de este proyecto al afirmar: “Creemos que es importante dar este paso… para controlar el riesgo de sobreendeudamiento de los hogares”.

Protección de los Derechos de los Ciudadanos

Este proyecto reconoce la propiedad de las personas sobre sus datos y establece derechos irrenunciables de acceso, rectificación y cancelación. Se impondrán sanciones a las instituciones financieras que incumplan estas disposiciones, y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) se encargará de su fiscalización.

Fomentando el Comportamiento Financiero Responsable

El registro también promoverá un mejor conocimiento del comportamiento de pago, lo que permitirá a los buenos pagadores beneficiarse con tasas de interés más bajas. Además, se alienta a las personas a tomar decisiones financieras más informadas sobre su nivel de endeudamiento, lo que facilitará la implementación de políticas de educación financiera.

Refinamiento del Proyecto

Durante su primer trámite, el proyecto fue objeto de ajustes para aclarar su propósito y asegurar que el registro se utilice para operaciones específicas, respetando el consentimiento otorgado. Se fortalecieron las sanciones por acceso indebido, injustificado o con fines distintos a los indicados. La CMF notificará a los deudores sobre las consultas realizadas en su contra.

Indicaciones para un Registro Más Eficiente

En la discusión en el Senado se conformó una mesa de asesores para abordar aspectos técnicos y se estableció una lista de indicaciones sobre varios temas:

  1. Ajustes de coherencia normativa con la Ley Pro Consumidor: Obligación de respuesta fundada ante el rechazo de un crédito y no solo ante su aceptación.
  2. Ajustes de coherencia normativa con el proyecto de datos personales, especialmente en lo que respecta a los derechos de los deudores y el papel de la CMF como administrador del registro y tratante de datos.
  3. Fortalecimiento del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación, incluyendo un procedimiento de reclamos directamente ante la CMF como administrador del Registro.
  4. Aclaración del concepto de “suficiencia” del registro, permitiendo la solicitud de antecedentes complementarios para la evaluación de riesgo que no estén en el Registro, preservando su carácter mixto.
  5. Adecuación de las reglas de acceso a la información negativa a la normativa vigente, evitando ventajas competitivas para ciertos proveedores de crédito y permitiendo el seguimiento de créditos. Inclusión de instituciones públicas que otorgan crédito, como INDAP, excluidas por el texto actual.
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