Justicia ordena devolver de inmediato antecedentes de testigos protegidos en caso Tren de Aragua

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El Juzgado de Garantía de Arica ha tomado una decisión importante en el caso del Tren de Aragua, que ha generado controversia en los últimos días. En una resolución emitida este viernes, se ha ordenado a los defensores públicos de las causas relacionadas con los miembros del Tren de Aragua devolver en un plazo de 24 horas los antecedentes que contienen los nombres de los testigos protegidos en las investigaciones en curso.

La resolución judicial argumenta que esta medida se ha tomado debido a la gravedad de las consecuencias que podrían afectar a los involucrados y a sus garantías legales, considerando la naturaleza de los hechos en cuestión. El documento, emitido por el juzgado, expresa: “Atendida la gravedad de las consecuencias para los afectados y sus garantías, y la naturaleza de los hechos en los que la afectación incidiría, se ordena a los defensores penales públicos hacer una devolución inmediata de los antecedentes entregados”.

Según la orden emitida, la información fue entregada por el jefe de servicios del Juzgado de Garantía de Arica el miércoles 13 de septiembre y contiene datos sobre los testigos protegidos del Ministerio Público.

Esta medida surge como resultado de la decisión del juez Héctor Barraza, quien, durante una audiencia de cautela de garantías realizada hace dos días, desechó la posibilidad de que el fiscal titular de la causa del clan “Los Gallegos” pudiera alegar en el tribunal debido a su ausencia física. En dicha audiencia se debatió la entrega de las identidades de 57 testigos y funcionarios policiales que han brindado asistencia en el caso, una decisión que finalmente fue aceptada por el magistrado.

Es importante señalar que esta resolución judicial se conoce un día después de que la Corte de Apelaciones de Arica acogiera el recurso de protección presentado por la Fiscalía contra la orden del juez Barraza.

Además, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, ha comentado lo ocurrido en Arica y ha asegurado que “el gobierno está evaluando las facultades constitucionales y legales que tiene para señalar que consideramos que esta es una conducta equivocada y posiblemente negligente”. Asimismo, Monsalve ha mencionado específicamente el “artículo 32 de la Constitución” en el numeral 13, que otorga al Presidente de la República la facultad de revisar la conducta de los jueces y otros empleados del Poder Judicial, y de requerir a la Corte Suprema que, si es necesario, declare su mala conducta o al Ministerio Público que tome medidas disciplinarias según corresponda.

Por otro lado, varios diputados han impulsado un proyecto de ley destinado a preservar la identidad de los testigos en casos relacionados con organizaciones criminales y en situaciones en las que su vida o integridad física pueda estar en riesgo. Esta iniciativa introduce el artículo 308 bis en el Código Procesal Penal, que establece que, a solicitud de cualquiera de las partes o del propio testigo, se puede decretar la prohibición de revelar su identidad o cualquier dato que permita identificarlo. Además, se podrá prohibir que sean fotografiados o que se capture su imagen de cualquier otra manera.

Este tema ha generado un intenso debate en el ámbito político y judicial, y se espera que las próximas acciones de las autoridades arrojen luz sobre la protección de los testigos y la transparencia en el sistema judicial.

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